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Fuertes Operativos de seguridad en Fusagasugá, Cundinamarca

por: Omar Gamboa

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El “Plan Presencia” comenzó a ser implementado en todo el municipio, y tiene  el propósito de detener la presencia de la delincuencia en la ciudad. Policía, Ejército, Alcaldía y otras autoridades hacen parte de la brigada que responde a los hechos delictivos de los últimos días. Vigilancia fue reforzada con 60 unidades.

El grupo comenzó a ejercer control en todo el municipio, particularmente en aquellos puntos críticos por la ocurrencia de hechos al margen de la ley, particularmente atracos y robos.

La estrategia, paralela a las investigaciones encaminadas a detectar y detener grupos criminales, tiene el propósito de evitar la presencia de antisociales y de personas que quieren irrumpir la tranquilidad ciudadana.

Precisamente, las últimas horas el alcalde Jairo Hortúa Villalba emitió el Decreto 092 del 5 de octubre, mediante el cual adopta una serie de medidas y  fija restricciones en toda la jurisdicción.

Violentos casos en Fusagasugá

Fue dictada la disposición luego de los últimos hechos violentos, dos de los cuales cobraron la vida de un empresario y una mujer quien regresaba a casa luego de cumplir responsabilidades laborales.

Luego de esos sucesos, el Mandatario se reunió con los empresarios, especialmente con actividades nocturnas, a quienes explicó la razón de las medidas, particularmente la relacionada con el toque de queda.

No solamente pidió el apoyo de los comerciantes, sino el de toda la comunidad a fin de que, en trabajo conjunto, se haga frente a la delincuencia.

Con relación al asesinato del empresario Júber Salazar, las autoridades confirmaron el pago de una recompensa que permita identificar, ubicar y capturar el acusado de sangriento caso.

Se sabe que los investigadores tomaron el caso como un suceso relacionado con el fleteo; esa es la más posible causa. Los videos captados en la escena del crimen así lo demuestran.

Sobre la muerte de la joven madre Angélica Valero, se sabe que se trató de un robo. Ella recibió una cortadura en el cuello, una lesión ocasionada con puñaleta. Falleció desangrada.

Las medidas

Ante la crítica situación generada por los sucesivos hechos criminales, el alcalde Hortúa Villalba promulgó el 092. En él, particularmente, fija el tique de queda que entró en vigencia este domingo 8 a parir de las 11 de la noches y hasta las 4 de la mañana del día siguiente (lunes).

Igual prohíbe el parrillero en motocicletas durante en todo el municipio, centro de los horarios establecidos en la misma determinación oficial.

Las mismas limitaciones en la presencia de personas en las calles, con excepciones especiales. Se repetirá todos los días, en los mismos horarios, hasta el viernes 13 de octubre a las 4 de la mañana.

Estos los puntos clave de la citada disposición:

ARTÍCULO PRIMERO: DECRETAR EL TOQUE DE QUEDA para toda la población del Municipio de Fusagasugá, como acción transitoria y excepcional de policía con el fin de prevenir y proteger a la comunidad de posibles hechos que puedan alterar la sana convivencia y la seguridad, durante los siguientes días y horarios:

Entre las once de la noche (11:00 p.m.) del día domingo 08 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día lunes 09 de octubre de 2023.

A partir de las once de la noche (11:00 p.m.) del día lunes 09 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día martes 10 de octubre de 2023.

Desde  las once de la noche (11:00 p.m.) del día martes 10 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día miércoles 11 de octubre de 2023.

A partir de las once de la noche (11:00 p.m.) del día miércoles 11 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día jueves 12 de octubre de 2023.

A partir de las once de la noche (11:00 p.m.) del día jueves 12 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día viernes 13 de octubre de 2023.

PARÁGRAFO PRIMERO: Se exceptúan de la medida contemplada en el presente artículo al personal público y privado que desarrollen actividades para la atención de emergencias y desastres, personal de salud, organismos de seguridad y socorro, personal de seguridad privada, funcionarios y personal de servicios penitenciarios y carcelarios, servidores públicos y contratistas que ejerzan actividades para el control y preservación del orden público, personal adscrito al Ministerio Público, y aquellas personas que deban circular por estrictas circunstancias de fuerza mayor y caso fortuito.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Las personas que no se encuentren en alguna de las circunstancias descritas en el parágrafo anterior y requieran por alguna otra situación debidamente justificada, desplazarse durante los días y horarios que tienen restricción por el toque de queda aquí decretado, deberán presentar solicitud escrita ante la Secretaria de Gobierno, Seguridad y Convivencia para que se autorice ser exceptuado de esta medida.

ARTÍCULO SEGUNDO: RESTRICCIÓN PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Prohibir en el sector urbano del Municipio de Fusagasugá el desplazamiento del parrillero hombre mayor de edad en motocicletas de cualquier cilindraje, a partir de once de la noche (11:00 p.m.) del día domingo 08 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día viernes 13 de octubre de 2023.

PARÁGRAFO PRIMERO: Se exceptúan de la presente restricción, aquellas motocicletas y sus conductores, autorizados por la Secretaría de Gobierno, Seguridad y Convivencia, a través de solicitud escrita y previa identificación y verificación de antecedentes por parte de la Policía Nacional.

PARÁGRAFO SEGUNDO: En cumplimiento de la excepción anteriormente mencionada, los conductores deberán reportar de manera inmediata y expedita a la Secretaría de Gobierno Seguridad y Convivencia y la Policía Nacional; la información de nombre completo, número de cédula y número de teléfono de los acompañantes que sean movilizados en las motocicletas exceptuadas de la medida, esto durante el tiempo de aplicación de la respectiva restricción.

ARTÍCULO TERCERO: PROHIBICIÓN DE PORTE DE ARMAS. Se prohíbe el porte de armas de fuego, armas blancas, elementos cortantes, punzantes o similares, de fogueo, neumáticas, de aire, letalidad reducida, explosivos, sustancias peligrosas y similares. Esta medida aplica para toda la jurisdicción del Municipio de Fusagasugá, a partir de once de la noche (11:00 p.m.) del día domingo 08 de octubre de 2023 hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del día viernes 13 de octubre de 2023.

PARÁGRAFO PRIMERO: Se exceptúa de esta medida a quienes demuestren que tales elementos o sustancias son una herramienta para su actividad laboral, oficio, académica o deportiva.

ARTÍCULO CUARTO: MEDIDAS SOBRE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS. Respecto al consumo, porte, distribución, facilitación, ofrecimiento o comercialización de sustancias psicoactivas, en espacio público o lugares abiertos al público, se reitera deberán sujetarse a lo establecido en el Decreto Municipal 141 del 30 de septiembre de 2021. Esta medida aplica para toda la jurisdicción del Municipio de Fusagasugá de forma permanente.

ARTÍCULO QUINTO: El incumplimiento de lo aquí dispuesto será sancionado de conformidad con la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, y el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre.

SEXTO: La Oficina Asesora de Comunicaciones de la Alcaldía Municipal será la encargada de la divulgación y publicación de las medidas acá decretadas.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Comuníquese el presente acto administrativo al Comandante de Estación de Policía de Fusagasugá, para que de acuerdo a su competencia ejerza control  policivo y se tomen las medidas correctivas a que haya lugar, para el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto.