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Noticias Cajicá: Socialización de nuevo decreto que regula horarios de establecimientos comerciales

por: Nicolas Hurtado

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La Administración Municipal de Cajicá llevó a cabo la socialización del Decreto 084 de 2024, el cual tiene como objetivo reglamentar y actualizar el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales en el municipio, así como dictar otras disposiciones relacionadas.

Nuevo horario de establecimientos comerciales

Este nuevo decreto modifica el Decreto Municipal No. 053 del 23 de febrero de 2023, estableciendo nuevos horarios y condiciones para el funcionamiento de los diversos tipos de negocios en Cajicá. Entre los cambios más destacados se encuentran:

1. El horario general de funcionamiento para la mayoría de los establecimientos comerciales será desde las 5:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. del mismo día.

2. Los negocios de comidas rápidas podrán operar hasta la 1:00 a.m. del día siguiente, siempre y cuando no expendan bebidas alcohólicas.

3. Los campos de tejo y mini tejo deberán cerrar a las 10:30 p.m., independientemente de si venden o no bebidas alcohólicas, y deberán utilizar mechas de bajo impacto sonoro para minimizar el ruido.

4. Los bares, discotecas y casinos podrán funcionar hasta las 12:00 a.m. para la venta al público, y tendrán 30 minutos adicionales para realizar el cierre de cuentas sin presencia de clientes, debiendo cerrar definitivamente a las 12:30 a.m.

Socialización de horario a establecimientos comerciales
Socialización de horario a establecimientos comerciales

En cuanto a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, se establecen los siguientes horarios:

  • Domingo, lunes y martes: desde las 11:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.
  • Miércoles, jueves, viernes, sábado y domingo antes de festivo: hasta las 12:00 a.m. para la venta al público, con 30 minutos adicionales para el cierre de cuentas sin presencia de clientes, debiendo cerrar definitivamente a las 12:30 a.m.

Adicionalmente, se establece la prohibición de consumir bebidas embriagantes a puerta cerrada en los establecimientos comerciales y se prohíbe la venta y consumo de estas sustancias en el espacio público del municipio, de acuerdo con el Decreto Municipal No. 048 del 24 de enero de 2024.

El nuevo decreto también regula la posibilidad de solicitar extensión de horario para ciertos establecimientos, como gastro-bares, bares y discotecas debidamente acreditados.

Esta extensión se concederá para los días viernes, sábados y vísperas de festivos, en el horario comprendido entre las 9:00 p.m. y las 4:00 a.m. del día siguiente, previa solicitud por escrito a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

Es importante destacar que las reuniones familiares o de carácter privado que se realicen en estos establecimientos, así como en los salones de las Juntas de Acción Comunal y salones de eventos, se regirán por los mismos horarios y condiciones establecidos en el decreto.

Socialización de Decreto 084 de 2024
Socialización de Decreto 084 de 2024

La Administración Municipal de Cajicá busca, con esta nueva reglamentación, promover un equilibrio entre el desarrollo económico y el bienestar de la comunidad, regulando los horarios de funcionamiento de los negocios y estableciendo pautas claras para la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el municipio.

Se espera que tanto los propietarios de los establecimientos comerciales como los ciudadanos en general acaten las disposiciones establecidas en el Decreto 084 de 2024, contribuyendo así a mantener un ambiente seguro, tranquilo y respetuoso para todos los habitantes de Cajicá.