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Noticias Zipaquirá: Alcalde Rojas restringe el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos

por: Nicolas Hurtado

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El alcalde de Zipaquirá, Mauricio Rojas, delimita las zonas o áreas del espacio público, lugares abiertos a la ciudadanía, en los cuales se restringe el consumo, de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal, y se dictan otras disposiciones por medio de la firma del decreto No. 51 del 31 de enero de 2024.

Manejo de sustancias psicoactivas en Zipaquirá

Estas restricciones aplican en áreas circundantes a centros educativos, centros deportivos, parques, zonas históricas y de interés cultural o turístico, así como en otras establecidas por motivos de interés público en toda la jurisdicción del municipio.

Firma de decreto en Zipaquirá
Firma de decreto en Zipaquirá

Las disposiciones del decreto No. 51 deben ser interpretadas por las autoridades conforme a principios como la dignidad humana, protección integral e interés superior de los niños, niñas y adolescentes, libre desarrollo de la personalidad, corresponsabilidad, necesidad, proporcionalidad de las medidas, diversidad étnica y cultural de la nación, igualdad y no discriminación.

Entre los puntos destacados del decreto se establece un perímetro de 300 metros alrededor de instituciones educativas públicas o privadas, que incluyen guarderías, jardines infantiles, colegios e instituciones de educación superior, donde se prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis mínima.

Esta medida busca evitar actividades que afecten la convivencia en los establecimientos educativos.

Adicionalmente, se prohíbe el consumo, incluso de la dosis personal, en áreas o zonas del espacio público e instituciones educativas, así como en su perímetro establecido en el decreto, durante horarios de descanso y vida familiar de los niños, niñas y adolescentes, así como de la población en general.

Se incluyen lugares como centros educativos, centros deportivos, plazas, plazoletas, zonas históricas de interés cultural o turístico, bibliotecas, archivos, museos, casas de la cultura, teatros, auditorios, salones comunales y el clúster turístico de la catedral de sal y su domo salino.

Fabián Mauricio Rojas
Fabián Mauricio Rojas

Quienes incumplan estas restricciones, incluso en el consumo de la dosis mínima, estarán sujetos a las medidas correctivas establecidas en la Ley 1801 de 2016, considerando los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad.

La Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Seguridad y Convivencia Ciudadana, junto con otras dependencias de la administración municipal y la Policía Nacional, llevarán a cabo actividades informativas, educativas y pedagógicas sobre el alcance, contenido y consecuencias de este decreto.