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Cundinamarca: Por Alimentación Escolar, a indagatoria alcalde Hortúa de Fusagasugá

por: Sala de Redacción

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La Procuraduría le formuló cargos por presuntos retrasos en ejecución del PAE durante el 2021 y 2022.

Sobre su decisión se pronunció el Ministerio Público explicando que “profirió pliego de cargos” según decisión adoptada por la Provincial en Fusagasugá.

Considera la Procuraduría que Jairo Hortúa Villalba, presuntamente, omitió la responsabilidad que le asistía de garantizar el inicio oportuno del Programa de Alimentación Escolar, PAE, para las vigencias 2021 y 2022”.

Las presuntas faltas

Esa circunstancia podría constituirse en falta disciplinaria cuyos alcances quedarían aclarados al adelantar las diligencias correspondientes.

Dice la Procuraduría que para el 2021 “el contrato empezó a ejecutarse el 19 de marzo, a pesar de que la fecha prevista era el 1ro de febrero”. Ese elemento se constituiría en “falta disciplinaria”.

Observa que “el proceso de selección para gestionar el PAE no fue oportuno ni tuvo la celeridad necesaria”.Subraya que la ejecución del Programa de Alimentación Escolar, por esa razón, tuvo un retraso de 34 días hábiles. Quiere decir que durante esos días los estudiantes “beneficiarios dejaron de recibir el complemento alimentario, sin que al parecer el mandatario hubiera adelantado acciones para cumplir con el plazo”

Observaciones de la Procuraduría

Al año siguiente, 2022, el trabajo académico inició “el 24 de enero, pero el contrato (PAE) solo comenzó a ejecutarse el 11 de febrero”. Con ello, posiblemente, “el mandatario reiteró la conducta que materializó la demora en el desarrollo del Programa”, insiste la PG.

Por todo lo anterior, la Procuraduría Provincial, para el hecho del año pasado, calificó “la presunta conducta del Alcalde de Fusagasugá como grave a título de culpa grave”.

El mismo caso podría comprometer al secretario de despacho de la Alcaldía Municipal, Giovanny Eduardo Villalobos Fernández, y a la secretaria jurídica, Yuri Andrea Mora Chavarro. Sobre ellos pesa posible responsabilidad debido a su condición como ordenadores del gasto y su rol en la celebración de los contratos según el organismos de vigilancia.

Sobre ellos pesa aparente falta fue “calificada como gravísima a título de culpa grave”.