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Camino al caos chileno

por: Omar Gamboa

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Liquidación y crisis de las EPS. Vamos a un oligopolio apropiado de billonarios recursos de la salud para usufructo y rendimiento financiero, prioritario, a costa de la salud de los colombianos.   Opinión. Por: Carolina Corcho Mejía (Vice Federación Médica Colombiana) Edición: El Satélite Envía: REDGES En el último mes la Superintendencia Nacional de Salud ha liquidado y revocado servicios de siete EPS por deficiencias en la prestación de servicios, insolvencia financiera y deudas insolutas con clínicas, hospitales y demás entidades prestadoras de servicios de salud (IPS). Las EPS son Comfacor, Cruz Blanca, Salud Vida, Emdisalud, Comparta, Medimás y Coomeva, que tenían una cobertura de 2.7 millones de afiliados. Lo cierto del caso es que, según el informe financiero de la SuperSalud, con corte al 2018, de las 37 EPS evaluadas, solo 9 cumplen con las mínimas condiciones financieras y de solvencia para asumir la atención en salud de los colombianos. Esto no es nuevo: desde el año 2012, la Contraloría General había advertido que las condiciones financieras de las EPS eran peor de lo que se mostraba a la opinión pública. Se debe tener en cuenta que las 9 que cumplen con los indicadores, lo hacen frente a unas exigencias pírricas que hace el Estado para su funcionamiento. Se les exige, por ejemplo, un capital mínimo de $10.708 millones, cifra ridícula para entidades que manejan recursos públicos de hasta tres billones de pesos anuales, en donde por ley, pueden quedarse con el 10% de estos recursos para costos administrativos. Dicho capital puede consumirse en diez pacientes de alto costo, y no genera ninguna garantía para que una entidad particular maneje las billonarias sumas de recursos públicos de los colombianos. Y no pareciendo suficiente elasticidad, el Gobierno les concede por decreto 2117 del año 2017 adelantar procesos de reorganización institucional, es decir, cada vez que se ‘reorganizan’, vuelven a empezar los términos para cumplir los lánguidos requisitos exigidos. Pareciera copiado del juego de Penélope con su túnica nunca acabada. Estas cifras dan cuenta de que el sistema de salud colombiano se sostiene básicamente con recursos públicos, vía sistema general de participaciones, y de las contribuciones de los trabajadores que se entregan a las EPS bajo la forma de la Unidad de Pago por Capitación UPC. Es decir, el aporte de capital privado, es insignificante. En la práctica, las pomposamente denominadas Empresas Promotoras de Salud (EPS), no son más que administradoras particulares de recursos públicos que, en cierta forma, se apoderan de un capital de todos los colombianos. Estos abundantes recursos públicos que deberían fluir para atender oportunamente los servicios de salud a los afiliados, no obstante, las EPS mantienen deudas crónicas con las IPS, muchas insolutas, que bordean actualmente los 10 billones de pesos, provocando la crisis que padecen hoy los colombianos. Luces y sombras Sobre las EPS y las IPS se puede acotar que, un sistema de salud puede funcionar sin las primeras, como ocurre en la mayoría de países del mundo, pero jamás sin la presencia de las segundas (clínicas y hospitales) que ejercen la labor misional de la prestación de servicios de salud. El Ministerio de Salud y Protección Social ha publicado un ranking de EPS, de acuerdo a unos indicadores que miden oportunidad en la atención médica general y especializada, entrega de medicamentos, trato al paciente y trámite de autorizaciones. Una debilidad central del ranking es que no mide la red de prestación de servicios de la EPS. Es aquí donde empieza a fraguarse gran parte de la negación de servicios a los ciudadanos. Tampoco se incluyen indicadores relativos a la autonomía profesional, dado que el constreñimiento a la autonomía médica constituye uno de los poderosos mecanismos encubiertos de negación de servicios. En ese sentido, vale la pena contrastar el ranking del MinSalud, con los resultados del informe de la Defensoría del Pueblo, donde revela que en el 2018 se presentaron 207.734 tutelas contra las EPS en defensa del derecho a la salud, siendo Medimás, Coomeva, Nueva EPS, Salud Vida, Salud Total, las más tuteladas. Algunas de estas, se encuentran entre las mejores en el ranking del MinSalud. La mayor frecuencia de tutelas se presenta por la negación de citas médicas, tratamientos, medicamentos, procedimientos quirúrgicos. El mismo informe de la Defensoría señala que la SuperSalud reportó para este mismo año casi un millón de quejas y peticiones por parte de los ciudadanos, frente al servicio de salud. Las causas principales de estas quejas y peticiones se presentan por falta de oportunidad en asignación de citas, restricción en libre escogencia de las EPS y no oportunidad de entrega de medicamentos No POS. ¿Oligopolio a la vista? En suma, en este momento, 19 EPS se encuentran con medidas de vigilancia especial por parte de la SuperSalud. Aun así, continúan manejando recursos públicos y respondiendo por la atención de millones de afiliados, sin que esto haya implicado un cambio sobre el colapsado modelo de salud. Por el contrario, el Gobierno nacional, en la ley del Plan de Desarrollo, les devuelve el manejo de los recursos de la salud a EPS cuestionadas por fraude; esto lo hace, reversando la obligatoriedad de que, en el caso de estas intervenciones, opere el giro directo por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema de Salud (ADRES), para el pago de deudas a los prestadores de servicios de salud. La apuesta del Gobierno Duque es liquidar el mayor número de EPS (“las que no sirven”). Para ello, se expidió la ley 1949/19 de fortalecimiento de la Superintendencia de Salud. Las liquidaciones ordenadas a la fecha están dejando dudas sobre los adecuados procesos de transición que deben llevarse a cabo con el fin de no vulnerar los derechos de los afiliados y trabajadores, y el pago de las deudas de las EPS a las IPS. Eliminar las que no sirven va en el sentido correcto, pero el fin no es claro, dado que se puede llegar a un oligopolio de EPS que, conforme a los cálculos del Gobierno, tendría la capacidad de operar todo el sistema de salud. No parece correcta la hipótesis oficial. Lo evidente del modelo actual es que las EPS no son ‘Empresas Promotoras de Salud’, como reza su razón social, sino administradoras particulares de recursos públicos que adolecen de las mínimas exigencias para operar billonarias sumas y garantizar la prestación de servicios, como quedó demostrado atrás. Sean pocas o muchas, las falencias son las mismas. Eliminar “las que no sirven” puede conllevar un lobby para concentrar más el poder en los tres o cuatro grupos financieros que dominan el mercado nacional, concentrado, a su vez, en los grandes centros urbanos. Ha sido claro que el modelo actual no presta la debida atención a por lo menos 23 millones de colombianos que habitan en ciudades intermedias, zonas dispersas y rurales del territorio nacional. Como lo dijera recientemente el contralor general, Carlos Felipe Córdoba: “… uno solamente se puede enfermar gravemente en este país en cinco ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga y Barranquilla” (Semana en vivo, 24/10/19). Está demostrado, empíricamente, que las EPS que superan tres millones de afiliados incurren en mal funcionamiento. Toda esta contraevidente apuesta del gobierno, corresponde al mantenimiento del modelo de las EPS contra viento y marea. Conclusión En el fondo, lo que parece buscar el Gobierno es salvaguardar los intereses del sistema financiero que requiere la existencia de estas entidades como vehículo para capturar y usufructuar los altos rendimiento que dejan los billonarios recursos públicos a costa de la salud de los colombianos. Estos poderosos intereses son los que se han opuesto siempre a que se resuelva el problema de fondo con un modelo de administración alternativo que garantice el goce efectivo del derecho a la salud y la destinación específica de los recursos para los fines constitucionalmente definidos, lo que supone la eliminación de intermediarios extractores de renta, que han demostrado una absoluta ineficacia en la tarea encomendada por la ley 100 de 1993.