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Incentivos en intereses y sanciones de los impuestos para los soachunos

por: Omar Gamboa

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Tenga en cuenta las condiciones para acceder a descuentos de hasta el 80% en procesos sancionatorios o de cobro.   Descuento del 80% Aplica para los contribuyentes, agentes de retenci贸n, responsables, deudores solidarios o garantes del obligado a quienes se les haya聽notificado antes del 28 de diciembre de 2018, requerimiento especial, liquidaci贸n oficial o factura de determinaci贸n oficial, resoluci贸n de recurso de reconsideraci贸n聽 contra actos expedidos por la administraci贸n tributaria聽que no se encuentren en la etapa de cobro coactivo,聽de la siguiente manera: Pagando聽 el veinte por ciento (20%) de las sanciones actualizadas, e intereses,聽 seg煤n el caso, siempre y cuando el contribuyente o responsable,聽 o agente retenedor,聽 corrija su declaraci贸n privada, pague el ciento por ciento (100%) del impuesto o tributo a cargo, o del menor saldo a favor propuesto o liquidado. Descuento del 70% Aplica para el caso de las resoluciones que imponen sanci贸n por no declarar; y las resoluciones que fallan los respectivos recursos notificadas antes del 28 de diciembre de 2018, para lo cual los sujetos podr谩n solicitar la terminaci贸n del proceso ante la Direcci贸n de Impuestos de Soacha de la Secretar铆a de Hacienda, presentando la declaraci贸n correspondiente al impuesto objeto de la sanci贸n y pagando el ciento por ciento (100%) de la totalidad del impuesto a cargo y s贸lo el treinta por ciento (30%) de la sanci贸n e intereses. Descuento del 50% Aplica cuando se trate de pliegos de cargos y resoluciones mediante las cuales se impongan sanciones dinerarias, en las que no hubiere impuestos o tributos en discusi贸n notificadas antes del 28 de diciembre de 2018, para lo cual el obligado deber谩 pagar s贸lo el cincuenta por ciento (50%) de la sanci贸n actualizada y solicitar la terminaci贸n del proceso ante la Direcci贸n de Impuestos de Soacha de la Secretar铆a de Hacienda. Tenga en cuenta que: Previamente se debe presentar solicitud de terminaci贸n por mutuo acuerdo de sus procesos tributarios hasta el 30 de septiembre ante la Direcci贸n de Impuestos quien evaluar谩 si cumple con los requisitos para acceder al beneficio. En ning煤n caso la sanci贸n reducida a cargo del contribuyente o responsable podr谩 ser inferior a la sanci贸n m铆nima establecida por la Secretar铆a de Hacienda en la Resoluci贸n 010 de diciembre 28 de 2018. No podr谩n acceder a los beneficios de que trata el presente art铆culo los deudores que hayan suscrito acuerdos de pago. No aplicar谩 para los contribuyentes que se encuentren en liquidaci贸n forzosa administrativa ante una Superintendencia o en liquidaci贸n judicial. En caso de cualquier inquietud ac茅rquese a la Secretar铆a de Hacienda, ubicada en la carrera 8 No. 12-29 o env铆e sus inquietudes al correo聽registrotributario@alcaldiasoacha.gov.co聽donde se le brindar谩 toda la informaci贸n pertinente para que se聽 ponga al d铆a con sus impuestos.   Aporte Informativo: Alcald铆a de Soacha聽 *Encuentre y reciba m谩s informaci贸n de聽Cundinamarca聽uni茅ndose al fan page:聽聽https://goo.gl/13uuPz