La Sala Plena de la CC, al resolver una acción de tutela, ordenó devolverle reconocimiento legal al movimiento de Gustavo Petro
En la decisión se aclaran dudas del Consejo Nacional Electoral que mantenía la tesis de que, para alcanzar la personería jurídica, debía obtener, al menos, el 3 % de votos en elecciones al Congreso.
Para la Cortes Constitucional, con esa teoría se desconocian las garantías de la oposición lo cual debía ser subsanado como ahora lo dispuso.
La votación (8 a favor y 1 en contra) se presentó tras largas jornadas de debates en los cuales los magistrados presentaron sus observaciones hasta resolver el caso.
En enero del 2019 el Tribunal de Cundinamarca había negado el recurso; algo similar ocurrió un mes más tarde en el Consejo de Estado.
Se dio ese escenario bajo el argumento de que, entonces, Colombia Humana no había tomado parte en elecciones al Congreso, y que solo había hecho presencia en debates hacia la presidencia.
En consecuencia, el Consejo Nacional Electoral deberá otorgarle personería jurídica el movimiento de Gustavo Petro, quien aspira a presentarse a las presidenciales del año que viene.
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