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La corte tumba norma que prohibía el consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en espacios públicos

por: Omar Gamboa

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El artículo del Código de Policía prohibía el consumo en espacios públicos y multaba a las personas que consumieran sustancias psicoactivas y embriagantes en lugares abiertos. El alto tribunal aseguro que la prohibición no es razonable y viola el derecho a la libre personalidad, los dos artículos del código indicaban que consumir dichas sustancias en la calle afectaba “la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas” y que eran “contrarios al cuidado e integridad del espacio público”. Alejandro Matta Herrera y Daniel Porras Lemus expusieron su demanda en la cual indicaba que la prohibición iba en contra del desarrollo libre de la personalidad, a la libertad de expresión y el derecho colectivo al uso común del espacio público. Por su parte la magistrada Diana Fajardo, manifestó que no era razonable prohibir el consumo de drogas y de alcohol en la calle con pretexto de proteger la tranquilidad, las relacionas entre las personas y el espacio público y que en cambio, se afecta de manera desproporcionada el libre desarrollo de la personalidad. “No se dan argumentos de que haya una relación entre el consumo y la destrucción del espacio público”, expresó la magistrada Fajardo. "Además El Estado no diseña tu plan de vida, tú tienes la libertad para tomar tus decisiones. Encontramos que la norma estaba asociada más que a la relación con los demás a un asunto que es tu decisión: ¿en dónde vas a consumir?”, pronuncio. el licor es una sustancia legal en Colombia y de este se genera los ingresos más importantes para la salud en el país, por ley. la Alcaldía de Bogotá y la de Medellín, junto con la Federación Colombiana de Municipios y la policía nacional, los ministerios de Salud, Justicia y Defensa, así como la Presidencia de la República, contestaron que consideraban que la norma se ajustaba a la Constitución y a las demás leyes y no existía la vulneración que acusaba la demanda. Informe Elaborado Por: Jeisson Méndez Prada *Encuentre y reciba más información de Cundinamarca uniéndose al fan page:  https://goo.gl/13uuPz