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La Repatriación de Presos Colombianos desde Ecuador

por: Julian Glevez

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La situación dentro del sistema carcelario de Ecuador ha alcanzado un punto crítico, con una creciente ola de violencia que ha hecho eco más allá de sus fronteras. En este contexto, la figura del Ministro de Justicia de Colombia, Néstor Osuna, adquiere relevancia en una jornada marcada por tensiones, al esclarecer el panorama de la repatriación de ciudadanos colombianos condenados en dicho país. La gestión de estos traslados se basa en un sistema de normas rigurosas, considerando en 2023 a tan solo siete compatriotas aptos para regresar a tierra colombiana.

El procedimiento para la repatriación se sujeta a un protocolo estricto que incluye el aval del sentenciado y la presentación de una declaración de motivos por los cuales solicita volver a Colombia, junto con la verificación del cumplimiento del 50% de la condena impuesta. Adicionalmente, es necesaria la aprobación de las autoridades ecuatorianas para proceder. Las solicitudes revestidas de un carácter humanitario añaden otro nivel de complejidad, abordando casos extremos de salud, tales como enfermedades terminales o crónicas, y son meticulosamente evaluadas por una Comisión Intersectorial que incluye la Cancillería, el Inpec y el Ministerio de Justicia colombiano.

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El 9 de enero de 2024, el ministro Osuna ha reafirmado la voluntad de Colombia de cooperar en estas circunstancias humanitarias, permitiendo que los connacionales puedan completar sus penas en cercanía de sus familiares, contrarrestando así rumores de un posible traslado masivo de 1.500 prisioneros desde Ecuador en respuesta a las medidas de control del presidente ecuatoriano, Daniel Noboa.

El Ministro de Justicia ha reiterado que las repatriaciones están reconocidas en el ámbito internacional, insistiendo en que cada caso debe ser valorado de manera individual. “La solicitud debe emanar de la persona privada de la libertad, no es una medida de índole gubernamental”, puntualizó Osuna, subrayando la importancia de satisfacer con precisión los criterios establecidos para dar curso a la repatriación.

De manera detallada, estos son los prerrequisitos para la repatriación de reclusos colombianos desde Ecuador:

1. Una carta del prisionero manifestando su consentimiento al traslado, incluyendo datos personales completos y un esbozo de los motivos por los cuales pide la repatriación.

2. Una condena ejecutoriada y la comprobación de haber cumplido, como mínimo, el 50% de la sentencia.

3. La indicación clara del lugar de detención y el visto bueno previo de las autoridades ecuatorianas correspondientes.

Este conjunto de criterios procura una estructura que asegura la transparencia y legalidad del proceso, respetando la soberanía de las naciones involucradas y priorizando consideraciones humanitarias en la administración de justicia. Con el apoyo de organismos internacionales y las respectivas entidades gubernamentales, el camino hacia la repatriación representa un balance entre la obligación legal y la compasión humana.

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