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Pandemia: dudas sobre precios de venta a entidad oficiales

por: Omar Gamboa

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Contratación pública en condiciones de usura, acaparamiento y especulación, no debe generar sanción. Según informó la Procuraduría General de la Nación, a 21 de mayo de 2020, se vienen adelantando 999 procesos disciplinarios por presuntas irregularidades en 26 gobernaciones y 272 alcaldías.    Opinión Por: Álvaro París Barón De acuerdo al ente de control, gran parte son acciones preventivas dirigidas a evitar la vulneración de los derechos de los ciudadanos, hechos de corrupción o mal uso de los recursos públicos. Si bien es cierto, los procesos disciplinarios determinarán la afectación del servicio respecto a la ejecución del presupuesto y la responsabilidad de los ordenadores del gasto, también lo es, que hay casos de persecución política que aprovechan el motivo de las contrataciones de suministro de bienes para la contención del Coronavirus COVID 19 celebradas en plena época de usura, especulación y acaparamiento. Pareciera que ya entró al olvido el miedo y terror que provocó la declaratoria del Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica en todo el territorial nacional declarada mediante el Decreto 417 de 17 de marzo de 2020, y la expedición del Decreto 457 de 22 de marzo de 2020, que ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia del 25 de marzo hasta el 13 de abril de 2020. En efecto, días antes del 25 de marzo de 2020, millones de personas salieron a abastecerse de papel higiénico, jabones, tapabocas, mercado, productos de primera necesidad, haciendo filas larguísimas en establecimientos de comercio, lo que produjo el desabastecimiento de los productos y la usura y acaparamiento de personajes que probablemente vieron el negocio de la reventa, con lo cual evidentemente se produjo sobrecostos elevadísimos de muchos productos. Así lo titularon y publicaron decenas de diarios y las entidades de control a lo largo del país.  Periódicos reconocidos como La República, El Tiempo, El Espectador, Legis y portales Web de la Procuraduría General de la Nación, Fiscalía General de la Nación y Superintendencia de Industria y Comercio, detallaron informes que orientaron al público sobre la realidad del estado de cosas existentes en referencia a la situación del mercado. Así fue como estos diarios y entidades de control reportaron la situación real del mercado al inicio del aislamiento preventivo obligatorio: * Según especialistas del sector de la salud, estos han tratado de comprar mascarillas n95, es decir, las indicadas por la OMS para protegerse en prevención del coronavirus siendo imposible encontrar un proveedor o distribuidor que ofrezca la disponibilidad del producto. * Cero inventarios de tapabocas. * Los lotes de inventario se están vendiendo aceleradamente a destinos como Asia y Europa. * No es posible encontrar una de estas máscaras en el mercado colombiano. * Los distribuidores, al observar el crecimiento en Asia del Coronavirus, compraron todo el inventario y lo vendieron afuera del país, a unos precios exorbitantes. * Se dejó a Colombia sin inventario, sin suministro, de una manera mercantilista e irresponsable. * Hubo precios de venta de tapabocas hasta tres veces el precio normal de mercado. * En los estantes de los grandes almacenes, droguerías y tiendas ya no se consiguen geles antibacteriales. * En algunos puntos aún hay disponibles tapabocas, pero al doble de su precio. * La SIC informó que ninguno de estos productos tiene control de precios. En la práctica, esto significa que se rige desde la lógica del libre mercado. * El buen funcionamiento del mercado establece que si la demanda de un producto -como los tapabocas o los geles- sube, es de esperar que el precio sea mayor, dada una oferta limitada en el corto plazo. * Solo si se llega a probar que la subida de precio o escasez del producto corresponde a un acuerdo de oferentes o a una práctica tendiente a limitar la libre concurrencia al mercado, podría intervenir la SIC. * La Procuraduría General de la Nación denunció ante la Fiscalía las prácticas especulativas registradas en la venta de elementos médicos. * El Ministerio Público registró en la denuncia que elementos como tapabocas, alcohol, gel antibacterial y otros productos sanitarios, necesarios para contener la expansión del virus, han sido sustraídos del mercado o sus precios al consumidor se han elevado sin motivo alguno. * El órgano de control citó en la denuncia cifras del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y AlimentosInvima-, que registró al 12 de marzo pasado un inventario de nueve millones de tapabocas, elementos que no se encuentran a disposición de la ciudadanía o su precio se incrementó de $200 a $1.500 la unidad. Igualmente, el * Superintendente de Industria y Comercio indicó que la alerta mundial generada por esta pandemia ha desatado compras inusuales y excesivas por parte de los consumidores, y el comportamiento inescrupuloso e ilegal de algunos productores o comercializadores de bienes y servicios. * La motivación del Decreto 507 de 1 de abril de 2020 que dictó el presidente de la República indicó que: la medida de aislamiento preventivo presiona la demanda de los hogares para adquirir productos de primera necesidad, e influye en el alza de los precios de productos de primera necesidad. En este contexto, existen riesgos eventuales de conductas de acaparamiento por parte de los consumidores, y de especulación por parte de productores, distribuidores o comercializadores de los diferentes productos de consumo diario de las familias colombianas. De la misma manera informaron los diarios que: * Debido al aumento de la demanda de algunos productos necesarios para mantener las condiciones de higiene que ayuden a reducir el riesgo de contagio, algunos proveedores tienden a beneficiarse sea acaparando estos productos para revenderlos, subiendo sus precios. * La Superintendencia no regula ni fija los precios, lo tiene que hacer el Gobierno y ya lo hizo con el decreto 507, que establece topes en precios de alimentos y medicamentos esenciales. Nosotros ya habíamos pedido fijar precios en tapabocas, geles y jabones, desafortunadamente no quedó en el decreto, pero seguiremos adelantando investigaciones. * Los consumidores somos los que impulsamos el precio hacia arriba cuando salimos nerviosa e irresponsablemente. La situación de tiempo, modo y lugar en que se celebraron muchos contratos de suministro para la contención del Coronavirus Covid 19, evidentemente se suscribieron en un ambiente de usura, acaparamiento y desabastecimiento, reglas estas se fijó el libre comercio y las reglas de la oferta y la demanda. Es lastimoso observar como medios de comunicación del orden nacional y local, critican la suscripción de dichos contratos estatales con la comparación de precios que publican grandes superficies en sus páginas web, cuando lo procedente y objetivo es hacer un análisis ex -ante o antes del suceso y no en la comodidad de la virtualidad con precios que no fueron los existentes al momento de los acontecimientos. Además, el rigor de la investigación requería indagar ¿cuál fue el promedio porcentual de especulación de tales productos durante el periodo respectivo?, ¿si para la fecha del contrato las grandes superficies tenían la disponibilidad de todos los productos objeto del contrato?, ¿los precios de cada producto? y ¿si las grandes superficies celebran contratos con entidades públicas y particularmente con municipios? Estos son los elementos necesarios, pertinentes y conducentes que exigen una excelente metodología de la investigación que evite la desinformación y lo que degenera de ello. Adenda: Aquellas comparaciones de precios temerarias que se han hecho para afirmar que las gobernaciones y alcaldías has suscrito contratos con sobrecostos, según los precios de grandes superficies, han generado desinformación en los ciudadanos, hasta el punto de que funcionarios de alcaldías han recibido amenazas de muerte si no renuncian a sus cargos. Álvaro París Barón Abogado