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Consejo de Estado absuelve a Walfrando Forero: “Siempre actuó en ley”

por: Redacción Cundinamarca

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En una decisión trascendental para Tocancipá y para el debate público nacional, el Consejo de Estado —máxima autoridad de la justicia administrativa en Colombia— realizó la revisión judicial del proceso disciplinario adelantado contra el alcalde Walfrando Adolfo Forero Bejarano, dejando en firme conclusiones que desmontan varios de los señalamientos que por años afectaron su nombre y su trayectoria.

El Consejo de Estado confirmó que no existió omisión alguna en la declaración de bienes y rentas y que la participación accionaria cuestionada había sido vendida antes de su posesión, por lo que la Procuraduría no podía imputar ese hecho como falta.

El fallo: Sin apropiación, dádivas ni ventajas personales

El fallo también reveló que el expediente disciplinario nunca acreditó apropiación de recursos públicos, dádivas, contratos amañados ni ventaja personal alguna proveniente del ejercicio del cargo. En su revisión, el Consejo de Estado evidenció que varios de los cuestionamientos surgieron de inconsistencias contables históricas de una empresa familiar, sin relación con actos de corrupción ni con dineros públicos.

El máximo tribunal administrativo resaltó que Walfrando entregó toda la información solicitada, colaboró con la investigación y aportó soportes suficientes sobre el origen lícito de su patrimonio y el de su familia.

Nada en el expediente demuestra desvío de recursos o uso indebido del cargo. La defensa del alcalde se basó en demostrar la transparencia de sus actuaciones y la plena disposición a colaborar con las autoridades, argumentos que fueron avalados integralmente por el alto tribunal.

El peso de un proceso y la reivindicación judicial

Este proceso, que se extendió por tres años, marcó significativamente la gestión y la imagen pública del mandatario. La sentencia del Consejo de Estado no solo absuelve al alcalde Forero, sino que reivindica su conducta oficial, subrayando que actuó dentro del marco legal en todo momento. El fallo sienta un precedente sobre la importancia de que los procesos disciplinarios se sustenten en pruebas concretas y no en presunciones o en el manejo de información financiera privada ajena a la función pública.