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Exconcejal de Viotá pagará cárcel por desviar recursos públicos en plena pandemia

por: Evelyn Gaona

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El Tribunal Superior de Cundinamarca confirmó la condena de 32 meses de prisión contra Yolian Gustavo Camargo Triana, exconcejal del municipio de Viotá, por su responsabilidad en graves irregularidades en la contratación pública durante el año 2020, cuando se apropió indebidamente de dineros destinados a la compra de mercados para población vulnerable.

La decisión judicial se fundamenta en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que demostraron que Camargo Triana direccionó de manera irregular dos contratos con una fundación privada para el suministro de 4.000 mercados, por un valor total de 299 millones de pesos.

De acuerdo con la investigación, el exconcejal aprovechó su posición e influencia para manipular los procesos contractuales y lograr que los convenios quedaran en manos de una entidad con la cual mantenía vínculos informales. Una vez adjudicados los contratos, Camargo Triana se apropió de al menos 78 millones de pesos, los cuales fueron distribuidos entre él y otros involucrados, según lo establecido en el proceso penal.

Exconcejal direccionó contratos de mercados en emergencia por COVID-19

Exconcejal

Ante estas actuaciones, el Tribunal lo declaró penalmente responsable de los delitos de peculado por apropiación y violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades, al haber intervenido en procesos contractuales pese a tener impedimentos legales para hacerlo.

Además de la pena privativa de la libertad, el fallo impone a Camargo Triana el pago de una multa equivalente a 222 salarios mínimos legales vigentes, así como una inhabilidad para ejercer funciones públicas durante 32 meses.

Este caso corresponde a una de las investigaciones adelantadas por el ente acusador en el marco de la vigilancia especial sobre la contratación pública durante la emergencia sanitaria por COVID-19, periodo en el que varias administraciones locales y funcionarios públicos fueron señalados por posibles actos de corrupción relacionados con la entrega de ayudas humanitarias.

La sentencia proferida es de segunda instancia, por lo que aún procede el recurso extraordinario de casación, el cual deberá ser analizado por la Corte Suprema de Justicia, en caso de ser interpuesto por la defensa.

La Fiscalía General de la Nación reafirmó su compromiso con la lucha contra la corrupción en todos los niveles del poder público, destacando que este tipo de decisiones contribuyen al restablecimiento de la confianza ciudadana en las instituciones.

Exconcejal

Finalmente, se recuerda que toda persona investigada o procesada conserva su derecho a la presunción de inocencia, conforme al artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004, hasta tanto no exista una decisión judicial en firme que defina de manera definitiva su responsabilidad.