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Facatativá: capturan condenado por muerte de mascota en Chaguaní

por: Omar Gamboa

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*Individuo condenado por ocasionar muerte a mascota fue detenido en Facatativá, Cundinamarca. A golpes y con arma blanca, por razones aún no comprendidas, acabó con la vida de su animal de compañía hace dos años.

Sobre la detención del hombre acusado y sentenciado a prisión informó la Fiscalía General de la Nación. Mediante comunicación oficial dio cuenta de la aprehensión del hombre condenado mediante proceso ante la justicia colombiana.

De momento se sabe que el animal, por razones no claramente especificadas por fuera del expediente, recibió dura golpiza y graves lesiones con arma blanca. Fue tan “brutal” la arremetida del agresor que, a pesar de los esfuerzos del veterinario, no se le pudo salvar la vida a la mascota.

Ante esa circunstancia, las autoridades adelantaron las investigaciones pertinentes concluyendo que, para entonces, el responsable del violento caso había sido su propio tenedor o dueño.   

Condenado por muerte de su mascota en Chaguaní

El ya condenado, Helmer Andrés Díaz González, quien deberá cumplir una condena de 18 meses y 1 día de prisión, fue detenido en el barrio la Paz de Facatativá.

Fue hallado responsable de ocasionarle la muerte a un canino de 8 meses que mantenía bajo su cuidado. A ésta y otra mascota las atacó con arma blanca ocasionándole serias heridas, las cuales terminaron provocándole la muerte a una de ellas.

Los hechos se presentaron el 12 de septiembre del 2021 en Chaguaní, Provincia del Magdalena Medio, occidente de Cundinamarca, bajo circunstancias no plenamente indicadas por las autoridades.

El caso reviste especial gravedad. Se estableció que el agresor, por motivos aún no detallados en el expediente público, atacó al canino con un objeto contundente. También le ocasionó delicadas heridas con arma blanca las cuales desataron una crisis y la posterior muerte de la mascota mientras era atendida en la veterinaria.

Las diligencias investigativas, realizadas por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), en articulación con la Policía Nacional de Colombia, permitieron la captura del condenado.

Según la Fiscalía, el 12 de septiembre de 2021, el hoy sentenciado agredió al perro de ocho meses de edad provocándole múltiples heridas que la víctima no pudo superar a pesar del esfuerzo de vecinos y veterinario.
Se estableció que el atacante era el tenedor del animal, es decir, la persona responsable de su cuidado, lo cual agrava la conducta dado que asume un deber de protección frente al animal.

Tras la investigación de la Unidad Especializada de la Estructura de Apoyo (EDA) presentó al imputado ante un Juez de Control de Garantías en Chaguaní, quien emitió la orden de captura y el fallo condenatorio.

La operación se desarrolló en Facatativá; allí se hizo efectiva la orden dispuesta por la administración de justicia que atendió el caso por maltrato animal.

Marco normativo

Este suceso encaja dentro del tipo penal que tipifica el maltrato a animales como un delito autónomo en Colombia.

La Ley 1774 de 2016, considerada la carta “animalista” o de protección y bienestar animal, es clara y contundente al respecto. Establece que los seres humanos que los maltrate de manera severa, o les cause lesiones o muerte, deberán ser castigados. Hace referencia a animales domésticos, amansados, silvestres vertebrados o exóticos vertebrados, todos ellos considerados seres sintientes y “no cosas”.

En razón a ello debe recibir especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial el causado directa o indirectamente por humanos. La norma citada modificó el Código Penal de Colombia – Ley 599 de 2000 (Título XI-A) para incorporar, entre otros, el artículo 339A del Código Penal. Dispone castigos  a quien o quienes, por cualquier medio o procedimiento, “maltrate a un animal doméstico (…) causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física”.

Según el artículo 339A, la pena es de 12 a 36 meses de prisión, inhabilidad especial de 1 a 3 años, además de multa de 5 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando el maltrato causa muerte o lesiones graves.

En 2025, con la entrada del proyecto de la llamada Ley Ángel, se propuso y aprobó un endurecimiento de las penas en casos de crueldad extrema, muerte dolosa de animales, o abuso sexual de animales. También estableció sanciones de hasta 56 meses o más, prohibiciones para tenencia de animales y otras medidas.

Además, existen rutas procedimentales, entre ellas la obligación de denunciar ante autoridad competente cualquier hecho de este tipo. En este sentido, la condena de 18 meses y un día a Helmer Andrés Díaz González se enmarca dentro del rango legal para el delito de maltrato animal con resultado de muerte (12-36 meses). Hace efectiva la resolución judicial que también considera atenuantes o circunstancias específicas para fijar una pena dentro del rango inferior/medio.

Casos similares en Colombia

Este hecho no es aislado. En los últimos años se han conocido varios casos que muestran la creciente atención de la justicia colombiana frente al maltrato animal.

Hace cinco meses, en mayo último, la Corte Suprema de Justicia ratificó por primera vez una condena en firme por maltrato animal. Se trató de un caso ocurrido en el municipio de Málaga, Santander, donde un hombre atacó a un perro con un machete. Este caso se resolvió bajo el artículo 339A del Código Penal.

Según cifras oficiales difundidas, desde la Ley 1774 de 2016 se han registrado más de 15 mil denuncias por maltrato animal en Colombia, pero solo un porcentaje muy pequeño ha culminado en condenas. El endurecimiento legislativo reciente mediante la Ley Ángel responde precisamente al clamor social frente a esos vacíos de ejecución.