La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) ha tomado la decisión de suspender de forma inmediata las actividades de relleno en un predio ubicado en la vereda Casa Blanca, municipio de Cogua. Las medidas se implementaron después de identificar el uso inadecuado de materiales de construcción y demolición en un terreno destinado a la construcción de un nuevo galpón para actividad avícola.
La inspección técnica y jurídica realizada por la regional Sabana Centro de la CAR determinó que se utilizó un volumen significativo de residuos de construcción, concretamente residuos de carbón mineral, para realizar el relleno y nivelación del terreno. Esta actividad, ejecutada sin la autorización ambiental correspondiente, contraviene normativas establecidas y afecta la calidad del suelo y el sistema de drenaje de la zona.

La CAR señala evidencias que evidencian la magnitud del procedimiento irregular, tales como:
• Un promedio de 100 viajes de material, cada uno con capacidad para 12 m².
• La utilización de material de peña o risco de carbón en la actividad.
• La construcción de un muro de contención a base de llantas de vehículos.
El director de la regional Sabana Centro de la CAR, Bryan Martínez González, señaló que en el sitio se identificó la presencia de estos residuos, lo que derivó en la afectación del drenaje que recoge el agua de lluvia, puesto que el muro confeccionado con neumáticos se desplomó. Esta información respalda la medida preventiva adoptada por la entidad para evitar un mayor deterioro del ecosistema en la localidad.
Asimismo, se evidenció que el muro de contención ha generado complicaciones en la adecuada conducción del agua, factor crítico en la gestión ambiental de la región. La disposición inusual de materiales provenientes de residuos de construcción y la utilización de llantas, elementos no previstos en trabajos agrícolas, resaltan la necesidad de evaluar y controlar estas prácticas.
La medida aplicada por la CAR se fundamenta en disposiciones legales, en particular en el artículo 35 del Decreto Ley 2811 de 1974. Este numeral prohíbe la descarga sin autorización de residuos que puedan deteriorar suelos o afectar a comunidades y su entorno natural, estableciendo un marco normativo para la protección del ambiente.

El propietario del inmueble se encuentra obligado a revertir las intervenciones realizadas, lo que implica: Retirar el material de peña y risco de carbón empleado en el relleno, desmantelar el muro de contención construido con neumáticos y restituir las condiciones originales del terreno afectado, preservando sus recursos naturales.
Le puede interesar: CAR Implementa Estrategia Innovadora para Recuperar Ecosistemas en la Laguna de Fúquene
La medida preventiva implementada por la CAR se convierte en una herramienta para preservar la integridad de los recursos ambientales y garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes. Esta acción subraya la importancia de respetar los procesos autorizados para el manejo de residuos en actividades agrícolas y de construcción.
Para fomentar la participación ciudadana en la protección del ambiente, la entidad invita a reportar cualquier actividad sospechosa o que contravenga las disposiciones legales. Los ciudadanos pueden realizar