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Concejo de Chía busca claridad frente a avalúos catastrales.

Por: Alejandro

chia concej 11 3Emitió un comunicado en el cual hace precisiones en torno a los efectos de los ajustes al impuesto predial, al tiempo que anunció la realización de una sesión especial con el propósito de que toda la ciudad entregue sus comentarios al respecto. En la misma dice que el tema ha sido tomado con fines “politiqueros” por lo que considera necesario realizar las aclaraciones del caso.

 

Insiste en que la adopción de los ajustes catastrales corresponden a lo dispuesto por la Ley 1450 del 2.011 insinuando que con las decisiones adoptadas y por tomar son de obligatoria aplicación y no un asunto unilateral de la corporación.

El texto completo del comunicado en referencia:

Teniendo en cuenta el impacto social y económico que ha generado el aumento en los avalúos catastrales durante el presente año, así, como la mal información, desprestigio de esta institución y uso de este tema para fines politiqueros, el Concejo Municipal ha querido aclarar a la comunidad los aspectos más relevantes sobre el tema.

1. La ley 1450 de 2011 señala que la actualización de los catastros es de carácter obligatorio dentro de un periodo máximo de cinco (5) años, que su competencia es exclusiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), y que el avalúo no puede ser inferior al 60% de su valor comercial.

2. La última actualización catastral en el Municipio de Chía, se realizó en el año 2005, razón por la cual la actualización catastral debió haberse realizado en el año 2010, omisión que hoy día hace más gravoso el pago del impuesto predial actual.

3. En el año 2013 la Administración Municipal celebró un convenio con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) para actualizar los avalúos catastrales en nuestro Municipio para la vigencia 2015, y cuya interventoría estaba a cargo de la Secretaría de Planeación Municipal.

4. Que a pesar de los incrementos catastrales, el artículo 6 de la Ley 44 de 1990 señala que el cobro del Impuesto Predial no podrá exceder el doble del monto liquidado del año inmediatamente anterior, salvo tres (3) excepciones:

a) Predios que se incorporen por primera vez al catastro.

b) Predios urbanizables, no urbanizados o urbanizados no edificados (predios de engorde).

c) Predios que figuraban como lotes no construidos y cuyo nuevo avalúo se origina en la construcción.

Por todo lo anterior, el Concejo Municipal en aras de mitigar parcialmente el impacto generado por el aumento en los avalúos catastrales aprobó el Acuerdo Municipal No. 71 de 2015 que otorgó unos importantes descuentos hasta del 40% según cada caso, extendiendo de la misma manera los descuentos en el tiempo y para todas aquellas personas que ya habían cancelado su impuesto predial para la vigencia 2015.

Es así, y con el propósito de brindar claridad frente al tema, la Corporación Concejo Municipal de Chía, invitará a toda la comunidad a una sesión exclusiva sobre el aumento del Impuesto Predial, donde se contará con la asistencia de la Administración Municipal y cuya fecha será debidamente informada a través de nuestra oficina de prensa y de los medios de comunicación.

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