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Avanzan restricciones al consumo de licores y alucinógenos en espacios públicos

por: Omar Gamboa

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La propuesta, aprobada en plenaria del Senado, pasará a conciliación con la Cámara de Representantes. Grupos de congresistas y el Gobierno Nacional tratan de unificar criterios en torno a la medida.   El texto de la disposición prohíbe el consumo y porte de estupefacientes y bebidas alcohólicas en parques, espacios públicos, sitios aledaños a colegios y universidades. La medida, sin embargo, deja en manos de los alcaldes determinar los “los perímetros para la restricción del consumo y porte de dogas, incuso la dosis personal, en lugares públicos”. Sobre su regulación en conjuntos residenciales, una vez entre en vigencia la disposición, el texto observa que la regulación en esos escenarios corresponde a las asambleas o consejos de administración. También dispuso crear las Salas de Consumo de Drogas Reguladas a cargo de la Secretaría de Salud de cada municipio y entidades territoriales, de acuerdo con la capacidad presupuestal de cada población”. Otra novedad importante dentro de la norma tiene relación con el decomiso de sustancias alucinógenas “por parte de las autoridades competentes, con el fin de proteger, especialmente a los niños y adolescentes del país”. Conforme a los advertido, no hay criminalización del consumo y “corresponderá a los alcaldes de los 1.103 municipios del país establecer los perímetros para la restricción del consumo y porte de dogas, incuso la dosis personal, en lugares públicos”. En concreto el busca modificar el Código Nacional de Policía y Convivencia y el Código de infancia y la Adolescencia en materia de consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad.