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Destituido e inhabilitado exconcejal de Chía, Cundinamarca

por: Omar Gamboa

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Debatió, votó y aprobó el proyecto de reestructuración y modernización de la planta de personal de la Alcaldía en el 2.015, sin tener en cuenta que de ella formaban parte su esposa, cuñado y hermano. Ha debido declararse impedido a fin de no incurrir en la falta que hoy facilitó la sanción impuesta por la Procuraduría General, según indicó el mismo organismo de control.   Además, según el Ministerio Público en Zipaquirá, el alcalde de entonces, Guillermo Varela, nombró al hermano del concejal Francy Hernán Muñoz Ariza (período 2.012 – 1.015) pocos días después de ser aprobado el  Acuerdo que facilitó los ajustes mencionados y que, a la postre, favoreció a un miembro de su familia. De acuerdo con el material probatorio recaudado, luego de que el Concejo Municipal otorgó facultades pro tempore al alcalde de Chía Guillermo Varela, se implementó la reestructuración según Decretos No. 17 y 18 del 16 de junio de 2015 y en ella se creó el cargo de Profesional Universitario, Código 216 – Grado 04, uno de ellos otorgado al hermano del cabildante a los 9 días de aprobado el Acuerdo Municipal”, dice la decisión de la Procuraduría. Ante esa circunstancia se “configuró un beneficio real, en favor de uno de los familiares del disciplinado”, indica la agencia del Ministerio Público que tuvo en sus manos y decidió el caso las últimas horas. “El conflicto de intereses conocido en la jurisprudencia como causales de impedimento o de recusación, consiste como reiteradamente lo ha señalado el Consejo de Estado en situaciones de carácter moral o económico que impiden a los servidores públicos participar de los asuntos sometidos a su consideración, porque el resultado de dichos trámites, proporciona un beneficio personal para él, para su cónyuge o para alguno de los parientes en el grado que la ley establece, y nada diferente a ello sucedió en el caso bajo análisis”, explica. Para la Procuraduría lo anterior justifica imponer una sanción de 10 años a Francy Hernán Muñoz Ariza, tiempo en el cual no podrá ejercer cargos públicos En fallo de primera instancia los investigadores calificaron la falta del exconcejal como gravísima a título de dolo; sin embargo la decisión fue apelada y será resuelta en segunda instancia por la Procuraduría Regional de Cundinamarca. *Encuentre y reciba más información de Cundinamarca uniéndose al fan page:  https://goo.gl/13uuPz *Espacio publicitario