La capacitación busca que los veedores de Fusagasugá y el Sumapaz, mediante formación, asuman efectiva defensa de los usuarios de los servicios públicos y de las inversiones oficiales.
*Aporte informativo: Jonathan Benítez
El ejercicio se cumplió este lunes (8 de agosto) en las instalaciones de la Cámara de Comercio de Bogotá, con el apoyo de su directora en Fusagasugá, Andrea Del Pilar Torres Casas.
La jornada fue impulsada por el director de Asuntos Municipales de la Gobernación de Cundinamarca, Miguel Barbosa, y contó con el aporte académico del docente Juan Camilo Montoya. Él es catedrático de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
El grupo recibió ilustración sobre los alcances de las disposiciones nacionales. Abordando diferentes aspectos relacionados con las Veedurías Ciudadanas. Es decir, sobre lo contemplado en la Ley 850 mediante la cual se reglamenta el funcionamiento de las Veedurías Ciudadanas.
“Las tres entidades coordinadoras de este espacio para brindar herramientas de control social, están demostrando un gran interés en apoyar a la comunidad que habita en esta zona del país”.
Origen de las Veedurías Ciudadanas
Esos organismos cobraron vida mediante la Ley 850 de 2002. Para algunos analistas, este es, tal vez, “el mayor logro en la lucha contra la corrupción”.
De acuerdo a la norma, esos organismos son un “mecanismo democrático de representación” ciudadana. Permite a comunidades, o a las “diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia (…) respecto de la prestación de servicios públicos”. La tarea pueden desarrollarla “ante entidades públicas o privadas de “carácter nacional o internacional que operen en el país”.
Composición de las veedurías
Las Veedurías podrán ser integradas por “ciudadanos en forma plural o a través de organizaciones civiles, comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común”. No tienen ánimo de lucro.
“Su importancia radica en la facultad de vigilar la correcta aplicación de los recursos públicos”. También sobre la forma como los dineros se asignen conforme a las disposiciones legales y a los planes, programas, y proyectos debidamente aprobados por las entidades oficiales.
Dentro de sus facultades se encuentran los procesos de planeación y contratación. Igual, la ejecución y calidad técnica de las obras y el denunciar ante las autoridades competentes los hechos o actuaciones irregulares de los funcionarios públicos.
*Nota del articulista:
Esperamos seguir contando con toda su capacidad profesional y logística para incentivar aún más a aquellos ciudadanos que disponen su tiempo y que con buena voluntad. De aquellos quienes se proponen cumplir con sus funciones de veedores con denuedo y responsabilidad.
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