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Un impuesto mal propuesto

por: Omar Gamboa

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Tanto va el cántaro al agua… No parece que legalmente se pueda aplicar retención en la fuente a las pensiones. Esta idea no solo es una cuestión emotiva sino racional, jurídica y socialmente hablando.   Opinión Por: Octavio Quintero Grupo GES En Colombia coexisten dos regímenes pensionales contributivos, es decir, de una u otra forma, la persona que se jubila la va pagando a lo largo de su actividad laboral. En términos más coloquiales se denominan estas contribuciones, que pueden ser voluntarias o impuestas, como “un ahorro para la vejez”. Si se conviene en que los aportes pensionales son un ahorro para la vejez, y no se ve cómo se pueda discutir racionalmente esto en contrario, imponerles retención en la fuente sería tanto como gravar las cuentas de ahorro tradicionales (CDT), es decir, que cuando usted haga retiros totales o parciales de dicho ahorro, el banco le haga retención en la fuente. Han venido dándose fallos jurídicos tan discutibles a nivel de la Corte Constitucional, que tampoco sería raro que sus señorías se inventaran algún argumento, traído de los cabellos, para sustentar el eventual impuesto a las pensiones, en caso de que sus otras señorías, los legisladores, dizque representantes del pueblo, le metieran el golpe a los pensionados en connivencia con la señoría mayor, el Gobierno, en este caso el de Duque, que viene a ser la continuación, como tantas veces se dice y habrá que seguir diciendo, de “los mismos con las mismas”. El grupo social de los pensionados ha estado muy activo llamando la atención sobre la propuesta tributaria que intenta establecer el impuesto de retención en la fuente a las mesadas pensionales superiores a 4 millones 800.000 pesos, según lo previsto en el artículo 31 del mencionado proyecto, llamado “ley de financiamiento”. En la RED-GES, el internauta, Napoleón Peralta, se hace la siguiente reflexión: “¿37% de imporrenta a las pensiones, sumado al 12,5% de la retención parafiscal para salud, y qué más?”. Y, claro que hay más: el descuento, hasta de un 35%, que de tajo se hace sobre el salario del trabajador activo al momento de jubilarse; el incremento anual a las pensiones, solo por inflación (IPC), indicador que, como todos sabemos, es el resultado de una burda manipulación estadística a cargo del Dane; los copagos que le cargan a su atención en salud (cuando lo atienden), y los gastos en medicamentos que hace por fuera de los servicios de las EPS para no dejarse matar a punta de acetaminofén. Pero esto es cuento viejo en el largo camino emprendido en el viacrucis pensional de Colombia, desde que al presidente Lleras Restrepo (1966-1970) le dio por echarle mano a los recursos del ICSS (Instituto Colombiano de Seguros Sociales), como bien lo recordó en junio del 2016 la correspondencia cruzada entre los internautas de la RED-GES, Héctor Palacios y Édgar Victoria cuando el primero decía: (…) “El Gobierno, sin aportar un centavo, se abrogó (y se arrogó) el manejo y administración del ICSS; dispuso dónde colocar los fondos para el pago de nuestras pensiones; colocó gerentes, nombró juntas directivas de amplia mayoría política; era el ordenador del gasto, y los representantes de las juntas directivas, nacional y regionales, del ICSS, éramos una simple minoría que solo dejábamos constancias de nuestra inconformidad”. Cabe agregar, para mayor claridad y comprensión del argumento aquí expuesto, que los fondos que permiten el pago de las pensiones provienen de los aportes periódicos que hacen los trabajadores y los patronos, tanto públicos como privados, en uno y otro caso. Y, ¿por qué se habla de una gruesa masa de subsidio estatal, como 40 billones de pesos anuales, cuando se habla de pensiones? Porque el mismo Estado ha pretermitido la creación de regímenes especiales como los que amparan a sus señorías y a las Fuerzas Armadas y de Policía, entre otros, cuyos integrantes se pensionan con montos que no guardan proporcionalidad con lo ahorrado; y no hablamos propiamente de soldados y policías, sino de coroneles y generales hacia arriba; y en el caso de funcionarios públicos no hablamos del grueso de la burocracia, sino de la crema que se corona en la cúspide con el propio Presidente de la República. Para enjugar este déficit es que su señoría mayor, en connivencia con sus señorías legislativas, por ahora, propone la retención en la fuente a todos los pensionados, no propiamente en una alegoría de “muera Sansón con todos los filisteos”, porque no es lo mismo, socialmente hablando, restarle a un rico su posibilidad de cambiar de carro cada año que a un pobre la posibilidad de agregarle un huevo al arroz. La jubilación es un derecho dentro de la política de seguridad social que se inscribe en el contexto de la vida digna. Pero también el derecho a la igualdad fue denegado por la Corte Constitucional en la sentencia que enterró la reducción del aporte a salud de los pensionados. Es por esto que no sería raro que también denegara este otro derecho a una población que, como la de los pensionados, es una desamparada del Estado y de la misma sociedad. Ante la perspectiva de que este nuevo impulso de los pensionados termine en lo que terminó la reducción del aporte a salud, hay tres caminos:
  1. Recurrir a la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) en busca de la protección jurídica que en Colombia se les viene denegando sistemáticamente.
  2. Sancionar políticamente a sus señorías en estas próximas elecciones regionales de gobernadores y alcaldes; asambleas, concejos y juntas administradores, no votando por ningún candidato afín a esos representantes y senadores que apoyen la retención en la fuente a las pensiones.
  3. Engrosando las protestas sociales a ver si el régimen se conmueve; o mandamos de una vez todo esto al carajo en legítima defensa de la vida y la dignidad humana que es lo fundamental que está en riesgo.
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