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Temporalmente suspendido POT de Chía, Cundinamarca

por: Omar Gamboa

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VIDEO. La determinación puede tener efecto dominó en toda la sabana de Bogotá con inquietudes ciudadanas y ecologistas del mismo tipo. El fallo fue conocido la mañana de este martes (23 de abril) por el Juzgado Primero Administrativo Oral de Zipaquirá, al resolver un litigio instaurado por un grupo de ciudadanos en octubre del año pasado. En concreto el fallo deroga provisionalmente (a partir del 24 de abril)  el Acuerdo 100 del 2.016, determinación que será apelada ante el Tribunal de Cundinamarca según hizo saber el mandatario local, Leonardo Donoso Ruiz.   Para el mandatario lo ocurrido puede representar tropiezos en las propuestas de la administración relacionadas con el desarrollo sostenible, defensa de zonas ambientales y la preservación de los recursos naturales incluyendo controles a la expansión urbanística y las potenciales afectaciones a humedales y chucuas, según indicó. “Hoy como Alcalde acepto la suspensión provisional”, dijo, agregando que de inmediato acudirá ante el Tribunal de Cundinamarca para que sea allí en donde se adopte una decisión final sobre el particular. En su consideración y al recobrar vida lo dispuesto en el POT anterior, Acuerdo 017 del 2.000, las constructoras y urbanizaciones podrán ser impulsadas sin mayores restricciones; quiere decir que no habrá exigencias legales sobre espacios públicos, apertura de vías y otros frentes similares. Dice que, incluso, ahora el municipio, es decir los contribuyentes de Chía, tendrán que asumir los costos de la infraestructura (vías, acueducto y alcantarillado) para nuevos complejos habitaciones. También observa con preocupación que ya no puedan ser desarrollados programas de vivienda para las etnias como lo preveía el hoy derogado POT del 2.016 o Acuerdo 100 de ese año. Para Donoso Ruiz, Chía también se encuentra expuesta a sanciones que puedan originarse por los incumplimientos en la recuperación de los ríos Bogotá y Frío como lo ordena el Consejo de Estado. Estima que los cerros orientales y del occidente ahora se encuentran expuestos a intervenciones urbanísticas debido a la falta de controles como sucedía con la citada norma temporalmente suspendida por la administración de justicia en Zipaquirá. Otro frente que resulta afectado es el de los ingresos del municipio a través de la plusvalía, al igual que las estrategias encaminadas a proteger los humedales, chucuas, ríos y quebradas actualmente amenazadas por la intervención de urbanizadores. La demanda contra el POT de Chía fue presentada a mediados de octubre pasado por el abogado José Antonio Parrado, en representación de un grupo de ciudadanos, ambientalistas y veedurías ciudadanas alegando que la norma municipal, en algunos apartes, “afectan profundamente la calidad de vida de los habitantes de Chía”. (Ver: Aceptan demanda contra POT de Chía, Cundinamarca  ) Al radicar la querella el abogado Parrado dijo que los análisis y estudios previos para documentar la demanda corrieron por cuenta de un colectivo de profesionales, académicos y científicos quienes invirtieron varios meses de trabajo, al término del cual encontraron 23 puntos aparentemente violatorios a la normas ambientales y disposiciones locales. Dentro de los argumentos advierten que con el POT vigente hasta hace un par de días estaba facilitando “una explosión urbanística y demográfica desproporcionada, lo cual propicia construir alrededor   de 40 mil unidades de vivienda, solo en las Zonas de  Expansión Urbana, que junto con el crecimiento demográfico, de por sí, ya acelerado en el Municipio de Chía, posibilitaría triplicar el número de habitantes de este municipio en 10 años”. Este el video, suministrado por prensa del Gobierno Municipal, sobre las declaraciones del alcalde Leonardo Donoso frente a la decisión del Juzgado Primero Administrativo Oral de Zipaquirá: [embed]https://www.youtube.com/watch?v=cUGr1ufwlIM&feature=youtu.be[/embed] *Encuentre y reciba más información de Cundinamarca uniéndose al fan page:  https://goo.gl/13uuPz *Espacio publicitario