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Suerte del Páramo del Sumapaz queda en manos del Gobierno Nacional

por: Omar Gamboa

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Hoy ni los alcaldes, ni los dirigentes departamentales o nacionales, como tampoco los ciudadanos pueden decidir sobre explotación minera en sus municipios. La determinación que tomen los habitantes de Fusagasugá y San Bernardo, Cundinamarca, el próximo 21 de octubre dentro de las consultas populares programadas para decidir si aceptan o no actividades de ese tipo  en sus territorios,  perdió toda fuerza legal. Quedó planteado el escenario tras polémico fallo adoptado este jueves por la Corte Constitucional al resolver tutela que deja sin piso los resultados del plebiscito cumplido en Cumaral, Meta, hace varios meses.   En consecuencia la suerte de los programas mineros como los previstos para territorio del Sumapaz  quedan, en este caso, en manos del presidente Iván Duque; él, nadie más, será quien decida si se adelanta o no explotación minera aún por encima de la decisión ciudadana el 21 de este mes en las urnas. Lo anterior quedó planteado luego que la Corte Constitucional sentenciara que el dueño del subsuelo es el Estado y que, por ello, no pueden sobreponerse los “intereses populares” o los de una comunidad, como lo son los de Fusagasugá y San Bernardo, por encima de los de la nación. El escenario quedó planeado en fallo de tutela instaurado por la multinacional Mansarovar Energy contra la decisión adoptada por la ciudadanía en Cumaral Meta,  el año pasado cuando fue negada la posibilidad de que se adelantara explotación minera en el municipio. La posibilidad de que se facilitara la explotación minera a gran escala, incluyendo el temido “fraking”, fue abierta durante el  gobierno Santos quien lanzó “guiños” para que se decidiera en esa dirección. Para algunos analistas, sin embargo, el tema hoy enfrenta grandes debates debido a que, lo sentenciado hoy, tiene contradicciones dentro de la misma C.C. El tiempo, por ejemplo, recordó que “la Corte no está reconociendo sus propios fallos, como la sentencia T445 de 2014 y el auto 053 de 2017 donde dice que los municipios tienen la facultad de convocar consultas populares para temas mineros porque tienen autonomía, porque la minería genera graves afectaciones sociales y ambientales que se materializan en el territorio municipal y porque son parte del Estado y por ende copropietarios del subsuelo”. Citando opiniones del mismo experto ambientalista, Rodrigo Negrete, resalta que  las actividades extractivas afectan y deterioran el suelo, “por lo que los municipios tienen derecho a decidir sobre sus propias formas de desarrollo, aunque en la práctica muchas veces esas decisiones se toman desde el nivel central, favoreciendo intereses particulares”. Así el debate se encuentra abierto y tomará tiempo antes de que se decida a fondo. *Foto tomada del portal El Campesino.co *Encuentre y reciba más información de Cundinamarca uniéndose al fan page:  https://goo.gl/13uuPz *Espacio publicitario