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Las curadurías urbanas

por: Omar Gamboa

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Como quiera que el tema de la implementación de LAS CURADURÍAS URBANAS en FUSAGASUGA-CUNDINAMARCA, está tornando de interés, es oportuno reeditar LA COLUMNA DE OPINIÓN de SANTIAGO CAÑÓN BELTRÁN del día 12 de DICIEMBRE DE 2019, que hace referencia a cómo han sido los trámites adelantados previamente a los movimientos que en la actualidad se están haciendo:   “Por la HONESTIDAD con el FUSACATAN”. Para nadie es ajeno que el CERRO FUSACATAN en FUSAGASUGÀ, ha sido perjudicado por las construcciones que le fueron aprobadas, con afectación AMBIENTAL. Pues bien; se hace necesario que de una vez por todas se inicie una labor, en pro del CERRO y de otros sitios de la región, que amerite la conservación de su entorno vegetal. Sabido es que la SECRETARIA DE PLANEACIÒN es quien se ha encargado de expedir las LICENCIA DE CONSTRUCCIÒN, pero eso no va más. De ahora en adelante, serán los CURADORES URBANOS quienes se encarguen de esa labor, con una infraestructura mejorada, en beneficio de del MEDIO AMBIENTE y del URBANISMO ordenado, acorde con la categoría que merece el municipio de FUSAGASUGÀ. Pues bien, me he tomado el trabajo de averiguar cómo va eso de las CURADURÌA URBANAS para FUSAGASUGÀ y recibo respuesta sobre aspectos que se mantenían callados, sin saberse la razón, de algo tan supremamente importante. Con fecha 1.- de noviembre elabore un derecho de petición dirigido a al MINISTERIO DE VIVIENDA Y SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, consultándolos sobre el tema CURADURIAS URBANAS y esto contestaron, en su orden: “Señor SANTIAGO CAÑÒN BELTRÀN Carrera XXXXXXXXXXXXXXX. abogadocanon@hotmail.com Asunto: Radicado 2019ER0098190.  Curadurías urbanas en el municipio de Fusagasugá. Respetado señor: El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, recibió la comunicación del asunto mediante la cual plantea las consultas que se transcriben y responden en los términos a continuación: “Sírvase informar ¿si el municipio de FusagasugáCundinamarca – ha solicitado autorización para crear curaduría(s) urbana(s). ¿Si le han autorizado concurso de méritos (SIC) Los señores Luis Antonio Cifuentes Sabogal en su condición de alcalde del municipio de FusagasugáCundinamarca y Juan Carlos Almonacid Martínez en su condición de Secretario de Planeación del mismo municipio, remitieron a este Ministerio el estudio técnico para sustentar los análisis de necesidad del servicio y sostenibilidad económica para la designación de dos (2) curadores urbanos, mediante radicado No. 2019ER0051508. Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1796 de 2016, los artículos 2.2.6.6.2.1. y 2.2.6.6.2.2. del Decreto 1077 de 2015 y las Resoluciones 095 de 2019 y 205 de 2013 A su turno, el Ministerio expidió la Resolución 504 de 2019, por la cual se emitió concepto favorable para dos (2) curadores urbanos en el municipio de Fusagasugá Cundinamarca y asignó el factor municipal para la liquidación de expensas en dicho municipio. Ahora bien, en relación con el concurso de méritos para la selección de los curadores, le corresponderá a la Superintendencia de Notariado y Registro -SNR-, fijar las directrices del concurso en cuanto a, entre otros la forma de acreditar los requisitos, la fecha y lugar de realización del concurso y el cronograma respectivo, lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2.2.6.6.3.1 del Decreto 1077 de 2015. Dicho concurso será adelantado por el Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP- y en lo que corresponde a la elaboración de las pruebas de conocimiento técnico y específico escritas para ser aplicadas a los aspirantes al concurso de méritos, el Departamento Administrativo de la Función Pública recibirá el apoyo de la Superintendencia de Notariado y Registro. En mérito de lo expuesto, le recomendamos elevar directamente su consulta a la SNR, a efectos de que esta entidad le informe acerca del estado y trámite del concurso correspondiente.” A su vez la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, respondió lo siguiente: “Teniendo en cuenta que la expedición de la Resolución por el cual el MINISTERIO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO, da viabilidad para la implementación de la figura del curador urbano en el Municipio de Fusagasugá, es del 25 de julio del año en curso, se tiene previsto abrir la convocatoria, antes de finalizar el año 2019, con el fin de efectuar las respectivas designaciones en el año 2020, conforme al cronograma que previamente se establezca.” Entonces, oportuno es prevenir al alcalde JAIRO HORTÙA, para que se pronuncie antes de su asumir el cargo, ante estas entidades y evitar sorpresas. ¡ADELANTE, todos queremos que le vaya bien!” *Nota: Por considerar de suma importancia hemos acordado una ALIANZA investigativa entre el PERIÓDICO NUEVA PRENSA y Noticias Día a Día.com El impreso, de reciente creación, y el digital, cubren el mismo territorio, asunto que permite optimizar los recursos periodísticos en favor de la sociedad a quien se deben los esfuerzos y compromisos. Desde ya, se deja a la expectativa de la opinión publica la siguiente pregunta: ¿a qué se van a dedicar los CURADORES, si no se ha implementado un nuevo POT? POR SANTIAGO CAÑON BELTRAN Exprocurador - exfiscal