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Cargos contra exalcalde Nicolás Gómez de Gachancipá, Cundinamarca

por: Omar Gamboa

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Tiene que ver con la compra de siete predios para construir la Villa Olímpica de esa localidad; investigan si contrarió lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial.     Para la Procuraduría Provincial de Zipaquirá no es claro si la decisión del mandatario de Gachancipá, Cundinamarca, para la época de los hechos, José Nicolás Gómez Medina (2012 - 2015), ajustó el procedimiento a lo dispuesto en las respectivas normas. “Al parecer, los predios adquiridos en su momento tenían un uso de suelo clasificado como Institucional Grupo IInstitucional Local, que limita las actividades a servicios culturales, como bibliotecas y salones culturales o comunales, y servicios educativos, para jardines infantiles o guarderías, por lo que la construcción de la villa olímpica no estaba permitida para ese tipo de terreno”.  Quiere decir que, aparentemente, Gómez Medina desconoció la norma urbanística, concretamente lo previsto en los artículos 59 del Decreto No. 022 de 2009, y el 60 de la Ley 388 de 1997, que rigen el Plan de Ordenamiento Rerritorial. Así, el exalcalde podría estar incurso en una violación al principio de moralidad pública. La presunta falta fue calificada provisionalmente como grave cometida a título de culpa gravísima”.