Cargos disciplinarios contra el exconcejal del municipio de Pandi, quien ejerció funciones entre los años 2020 y 2023. La actuación disciplinaria se origina en presuntas irregularidades cometidas en relación con la recepción indebida y la omisión en la entrega de bienes públicos, destinados a la atención de personas adultas mayores en el municipio.
Según el informe emitido por el órgano de control, el 20 de diciembre de 2022, el exconcejal habría recibido sin autorización, y atribuyéndose funciones que no le correspondían como concejal, varios elementos de mobiliario y tecnología, entre los que se destacan una mesa, sillas y un televisor. Estos implementos estaban asignados al programa social Centro Día del Adulto Mayor y eran responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Social y Salud Pública de Pandi.
Exconcejal de Pandi en líos por quedarse con enseres públicos

Lo preocupante, según expuso la Procuraduría, es que el exconcejal no devolvió dichos bienes al finalizar su periodo como servidor público, el cual culminó el 31 de diciembre de 2023. Por el contrario, la devolución se realizó hasta el 14 de marzo de 2024, es decir, más de dos meses después de haber dejado oficialmente su cargo como integrante del Concejo Municipal.
De acuerdo con la investigación preliminar, GG reconoció la recepción de los implementos a nombre del municipio, pasando por alto que no estaba facultado para ejercer esas funciones, lo cual constituye una usurpación de competencias administrativas. Esta actuación, señala la Procuraduría, implicaría una presunta omisión de deberes funcionales, al no garantizar la entrega oportuna y debida de los elementos a la administración municipal correspondiente.
- Le puede interesar: Empresas colombianas aprovechan innovación en eficiencia energética para generar ingresos
En ese sentido, el Ministerio Público calificó provisionalmente la conducta como una falta disciplinaria grave, cometida a título de dolo, es decir, de manera consciente y voluntaria. La formulación de cargos marca el inicio de la etapa de juzgamiento dentro del proceso disciplinario, en el que GG tendrá la oportunidad de presentar descargos y ejercer su defensa.

Este caso se enmarca en las acciones de vigilancia y control que adelanta la Procuraduría General de la Nación para asegurar el correcto manejo de bienes públicos, especialmente aquellos destinados a programas de atención social para poblaciones vulnerables, como lo son los adultos mayores. La entidad ha reiterado en múltiples oportunidades que cualquier irregularidad en el manejo de recursos o enseres que afectan directamente a este tipo de población será objeto de investigación rigurosa y sanción ejemplarizante.
En caso de ser hallado responsable, el exconcejal podría enfrentar sanciones disciplinarias que incluyen la suspensión o inhabilidad para ejercer cargos públicos, de conformidad con lo establecido en el Código Disciplinario Único.
- Le puede interesar: CAR entregó el primer parque infantil de madera ecológica a ganador de concurso.
La Procuraduría también recordó que, aunque se haya producido la devolución de los bienes, esta no exime de responsabilidad si se determina que la conducta fue contraria al ordenamiento legal y administrativo vigente.

Finalmente, el organismo de control reiteró que esta actuación corresponde a una etapa preliminar del proceso disciplinario, y que mientras no exista un fallo definitivo, el señor Fernando Arturo Gutiérrez Garavito goza de la presunción de inocencia, tal como lo establece el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.