Para muchos los aportantes a campañas, más que eso, son inversionistas y es que no hay un significado que pueda contradecir esta definición. El altruismo, la caridad son conductas que realmente no se dan en la política; por lo menos, eso es lo que se ha demostrado a través de la historia de la humanidad.
Opinión
Por: Santiago Cañón Beltrán
Es que, es más, no se debería permitir que los particulares aporten dinero a las campañas políticas, porque nadie lo va a hacer por simple convicción partidista o política, se ha visto que los que han financiado campañas, algo terminan sacando de los gobiernos y de los organismos colegiados como el Congreso, las Asambleas Departamentales y Concejos Municipales.
Resulta más delicado que los elegidos que han tenido como consigna atacar la corrupción, caigan en esa maniobra, generador de esa conducta que tanto daño le ha hecho a COLOMBIA.
Pero vamos, a la pregunta del título de esta columna:
¿Están inhabilitados?: SI, en el siguiente sentido:
Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones o a las alcaldías. |
¿Cuál es la causa que genera la inhabilidad? |
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¿Qué les queda prohibido |
¿Por cuánto tiempo opera la inhabilidad? |
Excepción |
Haber hecho aportes superiores al dos punto cinco por ciento (2.5%) de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral. |
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No podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas, del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato. |
Por todo el periodo para el cual el candidato fue elegido.
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La inhabilidad no se aplica respecto de los contratos de prestación de servicios profesionales. |
El cuadro que se enseña es, nada más ni nada menos, que lo señalado en el artículo 8º. Numeral 1, literal k, del régimen de contratación – LEY 80 de 1993 y LEY Anticorrupción 1474 de 2011. Entonces, si hay inhabilidad para contratar.
¿Pero qué pasa con inhabilidad para ejercer como funcionario del candidato elegido?, desafortunadamente no la hay; sin embargo, no tiene presentación nombrar como funcionarios a personas aportantes.
Como lo dije anteriormente, un candidato que ha tenido como bandera la anticorrupción, quedaría muy mal, frente al pueblo que lo eligió, porque se pierde credibilidad y se podría estar abriendo paso a la Corrupción.
En todo caso habría una sanción de tipo moral – social.
Por SANTIAGO CAÑÓN BELTRÁN.