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Ataques irresponsables contra Hortúa en Fusagasugá

por: Omar Gamboa

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Existen dos clases de “tapabocas”: el que se requiere para prevenir el maldito CORONAVIRUS y el que se refiere a los argumentos para debatir las informaciones sesgadas e irresponsables en tiempo de pandemia.   Opinión Por: Santiago Cañón Beltrán Hay personas desinformando y generando odios, por LA CONTRATACIÓN DE LA ALCALDÍA CON EMISORAS: Primer “tapaboca”: El ESPECTADOR 11 DE MAYO 2020 Plata para divulgar medidas contra el coronavirus si, para promover políticos no” (Consulte este enlace:  https://www.elespectador.com/noticias/politica/plata-para-divulgar-medidas-contra-el-coronavirus-si-para-promover-politicos-no-articulo-919052) 11 May 2020 - 8:03 PM Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com “La Procuraduría y la Contraloría declararon que no hay una prohibición para que los mandatarios y entidades divulguen medidas en la prensa regional para combatir el COVID-19.” NÓTESE QUE HABLA DE LA PRENSA REGIONAL. Segundo “tapaboca” LA PROCURADURÍA Y CONTRALORIA sacaron comunicado, en cuya parte pertinente (refiriéndose a prohibiciones para contratación en tiempo de pandemia), dice: “Las dos entidades hicieron un llamado puntual para que los recursos públicos no sean utilizados para gastos suntuarios, publicidad innecesaria asociada al COVID-19, el pago de deudas de las entidades, y contratos o compras que no permitan atender la emergencia o que si bien están relacionadas con la pandemia resulten onerosas.” Qué significa esto: sencillo, que toda publicidad tendiente a informar campañas de prevención es válida y además necesaria. Tercer “tapaboca” DIRECTIVA 16 2020 DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN: “Así mismo, convenios que no eran prioritarios, entre ellos los de publicidad para resaltar la imagen de alcaldes, gobernadores o partidos políticos o la adquisición de material publicitario impreso, radial, fotográfico o virtual sobre prevención del covid-19, dirigido a población con acceso a televisión e internet y que cuentan con información suficiente.” Es notorio que están limitando las publicaciones, cuando la gente tiene acceso a televisión e internet, PERO ESTO NO ES APLICABLE A LO REGIONAL o mejor A LA PROVINCIA, porque los temas son muy puntuales   y es el alcalde quien CONOCE DE CERCA la problemática de FUSAGASUGÁ y qué mejor que difundirlo en medio de su propia región. Cuarto “tapaboca” CIRCULAR 004 DE 2020 de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Señala y ordena hacer campañas de información, en tiempo de pandemia, en los siguientes aspectos: 1.- En materia de ACAPARAMIENTO, con la finalidad de desabastecer el mercado 2.-VENTAS ATADAS, cuando condicionan la venta de un producto si se compra otro. (ej. le vendo leche, si me compra pan) 3.-Publicidad engañosa. 4.-Disponibilidad de productos e información de precios. Quiero recordar que los ALCALDES MUNICIPALES, hacen las veces de DEFENSORES DEL CONSUMIDOR y requieren difundir todo lo relacionado con estos temas, por delegación que les hace LA SUPERINTENDECIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, según la ley. CONCLUSION: LA PUBLICIDAD DE CAMPAÑAS SOBRE COVID 19, NO ESTAN PROHIBIDAS, ES MÁS, ES UNA OBLIGACION DE LOS ALCALDES PREGONARLAS. En días pasados, publiqué en este medio de comunicación una columna titulada FUSAGASUGÁ entra en pánico”, en la que como jurista que soy, hice un estudio sobre la “injurias y calumnias INDIRECTAS”, que son esas que se hacen refiriéndose a: “lo que dicen” y que creen que se salvan de la sanción penal. Le están diciendo al alcalde que es un corrupto y eso sí que es una calumnia y “toda calumnia conlleva una injuria”. Los medios que han contratado con la ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ se utilizan para difundir todo tipo de INFORMACIÓN relacionadas con el COVID 19. Finalmente, hay que resaltar la presentación y posterior aprobación del alcalde JAIRO HORTUA, del proyecto de ACUERDO No 4 de 2020, al que se refiere la nota publicada por este medio, titulada Limitan gastos de publicidad en FUSGASUGÁ Quiere decir que el mandatario estaba preparado moralmente para no incurrir en contratos de publicidad políticos e innecesarios que nada tienen que ver con la pandemia. En otras palabras, se blindó para no cometer irregularidades en contratación de publicidad con lo cual demostró que es cumpliendo con las normas relacionadas con la pandemia. Así ¡Están exponiendo al Alcalde a linchamiento social! El Mandatario está en libertad de denunciar o presentar demanda de tutela, para que respeten sus derechos fundamentales. POR SANTIAGO CAÑÓN BELTRÁN. EXPROCURADOR - EXFISCAL