Suspenden actividades de carácter público y la apertura de discotecas y lugares de bailes; también prohíbe la venta y consumo de licores en espacios públicos.
La decisión del Gobierno Nacional corresponde a las medidas encaminadas a detener el tercer pico de la pandemia cuyos efectos son particularmente severos en varias ciudades y departamentos del país.
El contenido de las restricciones se encuentran consignadas en circular de la fecha (lunes 19 de abril), suscrita por los ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, y del Interior, Daniel Palacios Martínez, y comienzan a operar de forma inmediata.
Ordena a alcaldes y gobernadores no autorizar eventos de carácter público que implique aglomeración de personas, al igual que otros eventos que pongan en riesgo la salud de las comunidades.
También dispone que alcaldes y gobernadores deberán hacer cumplir las nuevas medidas y que, otras restricciones por fuera de esta medida, debe ser consultada ante las instancias correspondientes.
Igualmente establece que cuando “la velocidad de ocupación de camas (UCI) en un territorio presente un ascenso en un porcentaje igual o mayor al 20%, podrá solicitar el Ministerio de Salud y Protección Social la evaluación de medidas especiales”.
El contenido de las nuevas medidas puede ser consultado en el siguiente enlace (clic)
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